De acuerdo a lo publicado el 4 de noviembre en el Boletín Oficial, el 24 de octubre el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina promulgaron de hecho la Ley 26.989 de Transporte Aerocomercial que establece que deberá implementarse un instructivo de seguridad en Sistema Braille.
La norma establece que deberá implementarse un instructivo de seguridad en Sistema Braille para todos los vuelos aerocomerciales de cabotaje. Éste deberá ser una transcripción fehaciente al Sistema Braille del que se encuentra en todas las aeronaves aerocomerciales operadas por líneas estatales.
La transcripción estará a cargo de la Editora Nacional Braille y Libro Parlante, organismo público perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la autoridad de aplicación será la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Fuente: El Cisne