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domingo, 14 de diciembre de 2014

El Certificado de discapacidad permite acceder a una serie de derechos



El Certificado de Discapacidad es un documento público, personal e intransferible que certifica la discapacidad en todo el territorio argentino, en todos los supuestos en que sea necesario invocarla. El certificado no brinda cobertura de salud, sino que permite acceder a los derechos estipulados por las Leyes Nacionales N° 22.431 y N° 24.901, como por ejemplo cobertura de gastos de tratamientos médicos, de rehabilitación y de toda medicación relacionada con la discapacidad




El Certificado Único de Discapacidad es:
- un documento público y gratuito.
- determinado por una junta evaluadora interdisciplinaria.
- que certifica la discapacidad en todo el territorio argentino, en todos los supuestos en que sea necesario invocarla.

Con el Certificado Único de Discapacidad se accede a:
- el 100% de la cobertura en medicación y tratamiento de la condición de salud que figura en su CUD, si posee cobertura de salud por Obra Social o Medicina Prepaga (Ley Nº 24.901)
- el Régimen de Asignaciones Familiares otorgado por ANSES
- la posibilidad de inscribirse en la base de datos de la bolsa de trabajo del Ministerio para acceder al empleo en la administración pública (Ley 22.431)
- la obtención del pase provincial para la utilización gratuita del transporte público nacional corta, mediana y larga distancia en trenes, subtes, colectivos y micros (Decretos Nº 38/2004 y Nº 118/06)
- franquicias para la compra de automotores y administración de pequeños comercios.
- libre tránsito y estacionamiento (Ley Nº 19279)
- la exención de patente y de algunos otros impuestos
- entre otros beneficios.

El Certificado Único de Discapacidad es un documento inviolable e intransferible:
- cuenta con número único, código de barras y logo institucional
- es impreso en papel provisto por la casa de la moneda.
- No es permanente, se determinan períodos de renovación por la junta evaluadora interdisciplinaria.
- No se acepta presentar fotocopia.

El CUD no es CERTIFICADO MÉDICO

El CUD tiene en cuenta que LA SITUACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD ES DINÁMICA, se modifica. Por esta razón debe renovarse según lo indique la Junta Evaluadora Interdisciplinaria. Ante la pérdida o extravío del mismo, hay que volver a iniciar el trámite.
Ante la pérdida o extravío del mismo, debe realizarse la denuncia correspondiente y volver a iniciarse el trámite.
La persona interesada en tramitar el CUD debe acercarse al Organismo, Hospital y/o Entidad en los cuales se tramita dicho certificado, de acuerdo a la jurisdicción que le corresponda. La Junta Evaluadora Interdisciplinaria le otorgará un turno siempre y cuando el domicilio que figura en el DNI de la persona con discapacidad corresponda a la jurisdicción actuante.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO?
La persona interesada en tramitar el CUD deberá comunicarse con la Junta Médica Evaluadora que le corresponda de acuerdo al domicilio que figura en el DNI de la persona con discapacidad. Ellos le indicarán qué documentación deberá presentar el día de la evaluación. Tenga en cuenta que el trámite puede demorarse por falta de documentación. Solicite el turno una vez que cuente con todo lo necesario.

¿QUÉ PASA SI TENGO PROBLEMAS PARA TRAMITARLO?
Si en el proceso de tramitación tuviera alguna duda o inconveniente, deberá comunicarse con los responsables de la Junta Evaluadora de la jurisdicción actuante. En caso de no obtener la información adecuada pueden comunicarse con:
Servicio Nacional de Rehabilitación
0800-555-3472
(011) 4789-5200
www.snr.gob.ar
CONADIS
www.conadis.gov.arAv. Julio A. Roca 782 Piso 4 – Ciudad de Buenos Aires
(011) 4331-7344/3256 o 0800 333 2662
consultas@cndisc.gov.ar