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jueves, 1 de mayo de 2014

Comité Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU realiza Observación General sobre el artículo 12 de la Convención



El Comité de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señaló recientemente que las personas con discapacidad, tienen derecho a tomar decisiones respecto a sus vidas.

El comunicado emitido por el Órgano, remarca la necesidad de pasar del paradigma de la sustitución en la adopción de decisiones a uno basado en el apoyo para tomarlas, al señalar que “las personas con discapacidad, deben contar con apoyo para que ellas mismas tomen las decisiones que consideren correctas” y que “Las decisiones sobre su vida no deben ser tomadas por terceras personas, aunque se hagan por su interés.”
Por otra parte el Comité recuerda que estas afirmaciones, se sustentan en el artículo 12 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) que establece el Igual reconocimiento como personas ante la ley.


La igualdad ante la ley es un principio básico general de la protección de los derechos humanos y es indispensable para el ejercicio de otros derechos humanos.


En ese sentido, el artículo 12 describe con mayor profundidad el contenido de ese derecho civil, centrándose en las esferas en las que tradicionalmente se les ha negado a las personas con discapacidad. Dicha norma no establece derechos adicionales para las personas con discapacidad; simplemente describe los elementos concretos que los Estados Partes deben tener en cuenta para garantizar a las personas con discapacidad el derecho a la igualdad ante la ley, partiendo de un modelo de discapacidad basado en los derechos humanos.


Para más información consultar el siguiente documento: http://www.dis-capacidad.com/archivo/observacion-articulo12-CDPCD-ONU.pdf